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lunes, 11 de abril de 2011

Prisión de 4 a 8 años por piratería en la red, propone proyecto de Ley en Colombia

Un proyecto legislativo del Gobierno Nacional de Colombia para atacar la piratería virtual en Colombia y defender los derechos de autor promete levantar una verdadera polémica en el país, tanto como la Ley de Víctimas.

A una semana de ser radicada en el Congreso -y sin que aún se definan sus ponentes o la fecha del primer debate-, ya existen por lo menos tres movimientos identificados que intentarán tumbar la llamada ‘"Ley Lleras", bautizada así en referencia al ministro del Interior, Germán Vargas Lleras, cerebro de la iniciativa.

Según el ministro, habría cárcel para los piratas de la web y se permitiría a los proveedores de Internet, como Telmex, ETB, Une o Telefónica, por ejemplo, retirar del aire aquellos contenidos que violen claramente la propiedad intelectual.

Hoy, el temor de miles de internautas -que se han manifestado activamente en las redes sociales en los últimos días- radica en que puedan terminar penalizados por lo que vienen haciendo a diario: navegar, descargar información, bajar música y compartirla con cualquier persona, bajo el paraguas de la libertad y la gratuidad que imperan en Internet.

Posiciones encontradas

En este debate, por un lado, están los defensores del software libre y, por el otro, los autores de contenidos, cantantes, directores de cine y empresarios, que piden una lucha sin cuartel contra la piratería en la red.

¿Por qué se impulsa?

La ‘"Ley Lleras" se promueve para responder a las exigencias del TLC con Estados Unidos, aunque del tema se viene hablando desde el 2009 en la Comisión Intersectorial de Propiedad Intelectual.

Como tal, el proyecto mezcla aspectos de las leyes de antipiratería de Chile y de Estados Unidos y no de la legislación española o mexicana, como dicen algunos. Los internautas se quejan porque, a su juicio, no hubo socialización en su redacción y sólo participaron los empresarios.

Según el ministro Vargas Lleras -quien cuenta con el respaldo de por lo menos 44 músicos y actores-, la norma “establece penas severas” para quienes siguen usando la piratería en la red, que oscilan entre 4 y 8 años de cárcel, el mismo castigo que se impone a la piratería de semáforo.

Ejemplo para poder entender la ‘Ley Lleras’

Un caso que analiza la Dirección de Derechos de Autor es el de un hombre que compró el curso Inglés sin Barreras (que cuesta 3 millones de pesos), lo digitalizó y en su web comenzó a venderlo para descargas por 80.000 pesos. Con este proyecto de ley, el editor de la marca Omnilingua podría informar al proveedor de servicio para que baje el contenido. De acuerdo con varios abogados, en este sentido el riesgo del proyecto de ley serían las falsas denuncias.

¿En qué casos un internauta podría ir a prisión?

Cuando publique contenidos protegidos por derechos de autor y se lucre con ellos. El problema es cuando digitalizo y subo una obra protegida que no está en la red. Es la misma lógica de la piratería de calle: se sanciona a quien fabrica y vende, pero no a quien compra.

Si alguien toma ‘links’ de otras páginas, ¿comete delito?

Si lo hace con vínculos ya publicados, no se deriva infracción. Es permitido compartir, es decir, vincular contenidos que ya están en otra parte de la red.

¿Y si se baja música o videos de sitios como Ares o Torrent?

En este caso de redes P2P, el usuario no es solo el cliente que descarga sino también es servidor de la red que le ofrece a otros. De ahí sí puede derivarse una responsabilidad hipotética, pero en este proyecto buscan que en ese sitio donde se facilitó el intercambio de infracción pueda bloquearse el contenido por orden de un juez. Pero por el mero acto de bajar no, porque no comercializa; entonces, no es un tema penal.

¿Y si una persona sube un video a su blog y lo comparte?

Si digitaliza un video que no está publicado en ningún lado y vende publicidad en el sitio es un delito. Se está lucrando con la propiedad de otro y le quita al titular la posibilidad de ser él quien publica su obra. Si el bloguero no se lucra, no hay delito.

¿Y si lo comparte en Twitter o Facebook?

No habría delito.

¿Se podrá bloquear un sitio web completo?

Sólo contenidos. No se trata de bloquear a YouTube, sino algunos videos.

En otros países

Estas son las leyes antidescargas:

Francia, Ley Hadopi. Crea una comisión que envía tres avisos al infractor y luego cierra la conexión a Internet.

España, Ley Sinde. Una comisión decide cuándo bloquear una web. Hay intervención judicial. Dividió a los artistas de ese país.

EEUU. Se tramita el proyecto de Ley Lucha contra la Infracción en Línea. Así, la DEA podría tomar acciones contra webs piratas.

Fuente: El Tiempo

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